HR Planificación AT 2016
HR-Planificación Tributaria permite la proyección y planificación de los ingresos; base para la determinación de los Impuestos a la Renta; todo ello con el fin de conocer la situación tributaria del contribuyente en forma anticipada. Para ello podrá registrar el ingreso de información durante el año a través del ingreso de datos proyectados a datos reales con tres criterios sugeridos; adicionalmente permite la modificación de los parámetros a fin de aproximarse a los valores históricos.
Funcionalidades destacadas:
Traslada, en forma automática, todos los datos reales que tenga ingresado a HR Formulario 22.
Entrega una total automatización de cálculos y traspasos. El usuario puede cambiar rentas y/o franquicias viendo en todo momento el nuevo escenario propuesto en base a la normativa vigente.
Permite una utilización efectiva de las franquicias tributarias tales como: art. 57 bis, art 54 bis, ahorro previsional voluntario, dividendos e intereses hipotecarios, etc.
Facilita tomar medidas para aminorar efectos de la carga tributaria mediante la planificación de ingresos, reliquidación anual del Impuesto Único, retención del Impuesto Único, P.P.M. voluntarios y postergación de ingresos.
Cambios Introducidos por Reforma Tributaria (Leyes 20.780 y 20.899).
Alza de la tasa de Impuesto de 1° Categoría a un 24%.
Se modifican los topes de créditos e incrementos de IDPC de varias Líneas del Formulario (L1, L2, L4, L5 y L7) en base a la nueva tasa de impuesto.
Tasa Única de 10% sobre el Av. Fiscal para cálculo de base imponible para aquellos que exploten bienes raíces agrícolas y tributen sobre rentas presuntas (Se elimina tasa de 4%).
Nueva exención de IDPC aplicable a personas naturales que exploten Bienes raíces no agrícolas.
Limitación de créditos por contribuciones para aquellos que arrienden sus Bienes Raíces a partes relacionadas.
Considera y distingue el IDPC financiado con contribuciones como un crédito contra IGC “sin” derecho a devolución.
Se eliminan normas transitorias como la tasa del 8% de crédito por compras de activo fijo y el uso del 50% de contribuciones como crédito para aquellos que exploten bienes raíces no agrícolas y lleven contabilidad completa.