• THOMSON REUTERS • AÑO V • Nº227
• SEMANA DEL 03 AL 09 DE SEPTIEMBRE DEL 2021
JURISPRUDENCIA DE LA SEMANA
JURISPRUDENCIA DESTACADA
Juicio de cuentas. Doble naturaleza del reparo. «Cese de responsabilidad» del cuentadante se restringe a lo disciplinario, pero respecto de la persecución de la responsabilidad civil ha de aplicarse las reglas generales. Tratándose de una instancia judicial es suficiente la formulación del reparo para poner término a la inactividad propia de tal figura. Inexistencia de falta o abuso al desecharse la excepción de caducidad formulada por los cuentadantes.
Declaración de existencia de relación laboral y acción de tutela laboral. I. Facultad de la Administración para contratar personal a honorarios en virtud del artículo 11 del Estatuto Administrativo. Vinculación desarrollada fuera del marco legal del estatuto que autoriza la contratación a honorarios se rige por el Código del Trabajo. Existencia de una relación laboral. II. Improcedencia de considerar únicamente las cláusulas contractuales para determinar qué estatuto se aplica a una persona que presta servicios para un órgano de la Administración. Primacía de la realidad.
Infracción a la Ley de Libre Competencia. Requerimiento en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional. Exigencia a los Clubes de Segunda División, como requisito para ascender a la Primera División «B» del fútbol profesional chileno, el pago de una cuota de incorporación que configura una barrera artificial para el ingreso de nuevos competidores al mercado relevante. I. Legislación sobre libre competencia erige como norma perteneciente al orden público económico. Concepto de libre competencia. II. Aplicación de la Ley de Libre Competencia a la Asociación Nacional de Fútbol Profesional. III. No se afecta la autonomía gubernativa por la revisión, en sede administrativa y jurisdiccional, de una determinación económica del Directorio de la ANFP y que puede afectar la libre competencia de un mercado relevante. IV. Determinación del mercado relevante. Si bien no es posible confundir el mercado relevante con la actividad económica específica e incluso con aquella que es reprochada de anticompetitiva, sus vinculaciones son innegables. V. Elementos para determinar que la cuota de incorporación objeto del requerimiento pueda ser considerada como un ilícito anticompetitivo.
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MÁXIMAS JURISPRUDENCIALES
DERECHO DEL TRABAJO
¿Qué han dicho nuestros tribunales acerca de la licencia médica postnatal?
1. Corte de Apelaciones de Santiago. Recurso de protección. Rechazo de licencia médica postnatal. Estado consagró el derecho de la mujer de interrumpir el embarazo por razones médicas. Improcedencia que órganos administrativos denieguen el derecho al descanso establecido en el artículo 195 del Código del Trabajo. Certificado médico permite verificar la concurrencia de un parto. Improcedencia de exigir la supervivencia del feto. Finalidad del descanso post natal. Descanso posnatal sólo requiere la existencia de un parto, sin que se condicione a la sobrevida del o la recién nacido/a. Parto inducido no pierde su naturaleza. Vulneración de la igualdad ante la ley. Interpretación de la norma que confiera mayor protección y amparo en el ejercicio de los derechos laborales de la trabajadora.
2. Corte de Apelaciones de Santiago. Recurso de protección. Rechazo de licencia médica post natal. Elemento fundamental para distinguir sobre la existencia de un parto son las semanas de gestación a la fecha de la perdida. Certificado que corrige las semanas de gestación determina que hubo parto. Improcedencia de rechazar la licencia post natal. Vulneración de la igualdad ante la ley, del derecho a la integridad psíquica y del derecho de propiedad. Descanso laboral post natal también tiene por finalidad que la madre pueda recuperarse desde el punto de vista biológico. Descanso o licencia de post natal sólo requiere que se produzca un parto.
3. Corte de Apelaciones de Santiago. Recurso de protección. Negativa de ejercer derecho a licencia post natal parental. Acreditada la relación de progenitor del niño tanto COMPIN como SUSESO han incurrido en una ilegalidad y arbitrariedad. Vulneración del derecho a la igualdad.
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¿QUÉ CITAN LOS MINISTROS?
Esta semana por la Corte Suprema
Claudia Bahamondes y Carlos Pizarro.
«La exposición de la víctima al daño: desde la culpabilidad a la causalidad, en Revista de Derecho de la P. Universidad Católica de Valparaíso
Enrique Barros Bourie.
«Tratado de Responsabilidad Extracontractual», Editorial Jurídica
Luis Cordero Vega
“Lecciones de Derecho Administrativo”, Thomson Reuters, segunda edición
Domingo Valdés Prieto.
«Libre Competencia y Monopolio»
Joaquín Garrigues.
«La defensa de la competencia mercantil»
Domingo Valdés Prieto.
«Libre Competencia y Monopolio»
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GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Derecho Público
Acceso a la información. Solicitud de información sobre devolución de viáticos y pasajes devueltos con su individualización, en casos «milicogate».
Juicio de cuentas. Doble naturaleza del reparo. «Cese de responsabilidad» del cuentadante se restringe a lo disciplinario...
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MEDIO AMBIENTE
Derecho Ambiental
Recurso de protección. Extracción y venta de agua realizada fuera de los límites de la Resolución de Calificación Ambiental.
Reclamación en contra de la Dirección General de Aguas. Rechazo solicitud de traslado de ejercicio de derechos de aprovechamiento no...
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NOVEDADES LEGISLATIVAS
Decreto N° 1.492, Extiende la vigencia de los beneficios y las prestaciones que indica, otorga derecho a giros adicionales con cargo al Fondo de Cesantía Solidario y extiende vigencia del Título II de la ley Nº 21.227, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 21.263, que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones del seguro de desempleo de la ley Nº 19.728, con motivo de la pandemia originada por el COVID-19, y perfecciona los beneficios de la ley Nº 21.227, y la ley Nº 21.312, que extiende la vigencia de los beneficios establecidos en las leyes Nºs. 21.227 y 21.263.
(Publicado en el Diario Oficial de 3 de septiembre de 2021)
La norma en comento extiende hasta el 6 de octubre del año en curso, la vigencia de los beneficios y prestaciones establecidos en el Título I de la Ley N° 21.227, publicada en el Diario Oficial de 6 de abril de 2020. Dicho título hace referencia a la posibilidad de suspender los contratos de trabajo, ya sea por acto de autoridad o por acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, manteniendo el empleador la obligación de pagar la totalidad de las cotizaciones previsionales y los trabajadores sujetos a esta suspensión, percibiendo el aporte otorgado por la AFC.
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DOCTRINA
LA “ADMINISTRACIÓN DESLEAL” COMO INJUSTO PUNIBLE EN DERECHO COMPARADO
Manuel A. Abanto Vásquez
Abogado, Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, LL.M. y Doctor en Derecho por la Universidad Albert-Ludwig de Friburgo (Alemania) de octubre de 1990 a febrero de 1993.
*Artículo publicado en Revista Doctrina y Jurisprudencia Penal N° 39.
1. Orígenes y desarrollo del tipo penal de “infidelidad patrimonial” en Alemania

El actual tipo germano de “infidelidad patrimonial” o “administración infiel” tiene orígenes antiguos y ha pasado por un proceso de desarrollo que ha culminado tempranamente (o sea antes de que los conocidos principios penales y constitucionales adquiriesen su forma actual) en los años treinta del siglo XX, sintetizándose en una fórmula típica en la que el legislador germano ha buscado abarcar todo tipo de conducta que atacare el patrimonio de otro “desde adentro” (o sea, por parte de quien debería cuidarlo) aprovechándose de las facultades legítimas que tuviere sobre este patrimonio.
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